{"id":4114,"date":"2018-12-12T15:47:15","date_gmt":"2018-12-12T20:47:15","guid":{"rendered":"https:\/\/new.moe.org.co\/?p=4114"},"modified":"2021-06-21T17:35:07","modified_gmt":"2021-06-21T22:35:07","slug":"moe-solicita-al-cne-y-a-la-procuraduria-vigilar-el-cumplimiento-del-estatuto-de-la-oposicion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/moe-solicita-al-cne-y-a-la-procuraduria-vigilar-el-cumplimiento-del-estatuto-de-la-oposicion\/","title":{"rendered":"MOE y NIMD solicitan al CNE y a la Procuradur\u00eda vigilar el cumplimiento del estatuto de la oposici\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Recomendaciones para el pleno derecho a la oposici\u00f3n en Colombia<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<ul>\n<li>Mesas directivas deben garantizar el derecho a la oposici\u00f3n en los debates de control pol\u00edtico.<\/li>\n<li>Se necesita reglamentaci\u00f3n para no afectar la aplicaci\u00f3n del estatuto a nivel local.<\/li>\n<li>\n<h4><a href=\"https:\/\/www.moe.org.co\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/20181206_Final-Informe_EOP_MOE-NIMD.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Descargar informe completo<\/a><\/h4>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Bogot\u00e1 12 de diciembre de 2018. <\/strong>La Misi\u00f3n de Observaci\u00f3n Electoral y&nbsp; el Instituto Holand\u00e9s para la Democracia Multipartidaria presentaron un informe sobre como se ha ido aplicando el Estatuto de la Oposici\u00f3n, en donde se\u00f1ala que la ausencia de reglamentaci\u00f3n por parte del Consejo Nacional Electoral CNE, podr\u00eda dificultar el ejercicio de la oposici\u00f3n pol\u00edtica de los mandatarios elegidos en las pr\u00f3ximas elecciones locales de 2019.<\/p>\n<p>El informe de seguimiento a la implementaci\u00f3n del Estatuto de la Oposici\u00f3n (EOP) fue elaborado por la Misi\u00f3n de Observaci\u00f3n Electoral (MOE) y el Instituto Holand\u00e9s para la Democracia Multipartidaria (NIMD), y enmarca nueve recomendaciones a partir de los problemas y limitaciones encontrados en donde se destacan tres medidas que m\u00e1s han afectado la completa aplicaci\u00f3n del estatuto.<\/p>\n<p><strong>Participaci\u00f3n en las mesas directivas de plenarias de corporaciones p\u00fablicas<\/strong>. Para que en los pr\u00f3ximos periodos no se afecte el derecho de la oposici\u00f3n, se sugiere al CNE que les permita a las organizaciones pol\u00edticas declararse en oposici\u00f3n o independencia <strong>una vez conocido los resultados electorales <\/strong>de Presidencia, gobernaciones y alcald\u00edas y no en los plazos que actualmente est\u00e1n estipulados.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la MOE, el pasado 20 de julio de 2018, una vez finaliz\u00f3 la instalaci\u00f3n del Congreso para el periodo 2018 -2022, las organizaciones de oposici\u00f3n no pudieron acceder a este derecho, por dos razones: primero, de acuerdo a los plazos establecidos en el EOP, los derechos s\u00f3lo podr\u00e1n ser exigibles dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno (entre el 7 de agosto y el 7 de septiembre de 2018), por lo tanto para el momento de la instalaci\u00f3n del Congreso, 20 de julio de 2018, los partidos y movimientos pol\u00edticos a\u00fan no hab\u00edan realizado la declaraci\u00f3n formal ante el CNE. Hay que recordar que la elecci\u00f3n de la senadora Ang\u00e9lica Lozano en la mesa directiva de Senado corresponde a un acuerdo pol\u00edtico y no a la aplicaci\u00f3n del Estatuto.<\/p>\n<p><strong>Participaci\u00f3n en la agenda de las corporaciones p\u00fablicas. <\/strong>El pasado 27 de noviembre de 2018, los senadores de las organizaciones pol\u00edticas de oposici\u00f3n Jorge Robledo (Polo Democr\u00e1tico Alternativo) Ang\u00e9lica Lozano (Alianza Verde) y Gustavo Petro (Colombia Humana) desarrollaron el&nbsp; debate de control pol\u00edtico, al que acudieron la se\u00f1ora Ministra del Interior Nancy Patricia Guti\u00e9rrez en calidad de citada y el se\u00f1or Fiscal General de la Naci\u00f3n N\u00e9stor Humberto Mart\u00ednez, en calidad de invitado.<\/p>\n<p>Este debate de control pol\u00edtico se dio en el marco de las garant\u00edas de la Ley 1909 de 2018), en el que se se\u00f1ala que los partidos pol\u00edticos de oposici\u00f3n pueden en tres oportunidades durante cada legislatura del Congreso determinar el orden del d\u00eda de la sesi\u00f3n de plenaria y comisiones tanto para las discusiones de proyectos como para la citaci\u00f3n a debates de control pol\u00edtico.<\/p>\n<p>Si bien, la mesa directiva del Senado de la Rep\u00fablica agend\u00f3 en el orden del d\u00eda el mencionado debate, fue de conocimiento p\u00fablico la inconformidad manifestada por los parlamentarios citantes, a quienes no se les otorg\u00f3 el espacio para hacer las respectivas conclusiones y de esta manera cerrar formalmente el debate como lo establece la Ley 5 de 1992. Posteriormente, el 04 de diciembre del 2018 (ocho d\u00edas despu\u00e9s del debate) la plenaria del Senado neg\u00f3 la solicitud de presentaci\u00f3n de conclusiones solicitada por el Senador Jorge Robledo.<\/p>\n<p>Se considera que los hechos ocurridos en la plenaria del Senado ponen de presente las posibles actuaciones contradictorias al ejercicio real de los derechos de la oposici\u00f3n pol\u00edtica, a trav\u00e9s de las decisiones que se toman desde la mesa directiva de la corporaci\u00f3n p\u00fablica. En este sentido la MOE, solicit\u00f3 a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, vigilar el cumplimento del EOP a las mesas directivas del Congreso.<\/p>\n<p><strong>Implicaciones de la falta de regulaci\u00f3n para las elecciones locales de 2019<\/strong><\/p>\n<p>Uno de los retos que tiene la organizaci\u00f3n electoral es poder adoptar una serie de mecanismos institucionales que le permitan brindar garant\u00edas a la oposici\u00f3n en los 1.101 territorios en los que se eligen alcald\u00edas municipales, distritales y concejos y en los 32 departamentos que eligen Gobernadores y Asambleas departamentales, debido a la ausencia de presencia territorial por parte del CNE.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el informe, es necesario que CNE establezca los par\u00e1metros para que los partidos y movimientos pol\u00edticos del nivel territorial puedan ejercer el derecho a la oposici\u00f3n a los gobiernos locales y departamentales elegidos para el 2015 \u2013 2019, y que en consecuencia se tenga claridad en las pr\u00f3ximas elecciones temas como los tiempos que tendr\u00e1n los partidos para hacer la declaraci\u00f3n pol\u00edtica y la forma en que se dar\u00e1 la participaci\u00f3n en las mesas directivas de los Concejos y Asambleas.<\/p>\n<p>A Juicio de la MOE, tambi\u00e9n es necesario reglamentar los aspectos relacionados con el acceso a los medios de comunicaci\u00f3n en el nivel territorial, por consiguiente, es necesario que dicha reglamentaci\u00f3n sea concertada con la Autoridad Nacional de Televisi\u00f3n, el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y la Comunicaci\u00f3n y los canales regionales y locales, con el prop\u00f3sito de establecer par\u00e1metros y procedimientos para dicho acceso.<\/p>\n<p>De otra parte, el informe llama la atenci\u00f3n sobre el efecto que debe tener la declaraci\u00f3n pol\u00edtica en las coaliciones que se realicen para el pr\u00f3ximo proceso electoral. Seg\u00fan el EOP, las organizaciones pol\u00edticas que inscribieron al candidato electo como Presidente, Alcalde o Gobernador se entender\u00e1n como de gobierno o en coalici\u00f3n de gobierno. Sin embargo, no existe norma que regule como debe ser la participaci\u00f3n de las coaliciones para corporaciones p\u00fablicas una vez obtengan representaci\u00f3n en los cuerpos colegiados, es decir si como coalici\u00f3n deben hacer una sola declaraci\u00f3n pol\u00edtica ya sea como oposici\u00f3n, independiente o de gobierno, o si en su lugar existe libertad para la declaraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n se evidenci\u00f3 para el caso de la coalici\u00f3n \u201clista de la Decencia\u201d integrada por la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica, MAIS y ASI, quienes luego de haber logrado obtener representaci\u00f3n en el Congreso de la Rep\u00fablica en calidad de coalici\u00f3n, se disolvieron al momento de la declaraci\u00f3n pol\u00edtica.<\/p>\n<p>En este sentido se sugiere que en la regulaci\u00f3n de las coaliciones para las corporaciones p\u00fablicas se exija que la coalici\u00f3n act\u00fae en bancadas en todos los escenarios, pues se exhorta a que los movimientos coaligados realmente tengan una fuerte afinidad ideol\u00f3gica. Esto implicar\u00eda, adem\u00e1s, que las coaliciones s\u00f3lo podr\u00edan hacer una \u00fanica declaraci\u00f3n pol\u00edtica (de oposici\u00f3n, de gobierno o de independencia) y de esta manera evitar que las coaliciones sean simplemente electorales y no program\u00e1ticas, pues la figura se agotar\u00eda una vez se alcance el umbral.<\/p>\n<div class=\"wp-block-pdfemb-pdf-embedder-viewer\"><a href=\"https:\/\/www.moe.org.co\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/20181206_Final-Informe_EOP_MOE-NIMD.pdf\" class=\"pdfemb-viewer\" style=\"\" data-width=\"max\" data-height=\"max\" data-toolbar=\"bottom\" data-toolbar-fixed=\"off\">Primer informe Estatuto oposicion<\/a><\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Recomendaciones para el pleno derecho a la oposici\u00f3n en Colombia<\/p>","protected":false},"author":1,"featured_media":640,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[50,55],"tags":[313,272,167],"class_list":["post-4114","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-analisis-juridico","category-comunicados-de-prensa","tag-elecciones-locales","tag-estatuto-de-la-oposicion","tag-reforma-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4114","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4114"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4114\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6270,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4114\/revisions\/6270"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/640"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4114"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4114"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/new.moe.org.co\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4114"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}